El Constitucional avala las leyes de aborto de Zapatero y Sánchez y limita la objeción de conciencia

10-MAYO-23

Un Constitucional dividido ha aprobado una sentencia a favor de las leyes de aborto aprobadas por el gobierno actual y el de Zapatero que prácticamente convierte al aborto en una práctica libre antes de las 14 semanas de embarazo. La sentencia se produce después de 13 años de espera a partir del recurso del PP, que paradójicamente se ha alegrado del rechazo a su propio recurso.

En sentido contrario a la jurisprudencia anterior, el Tribunal concede el derecho al aborto en nombre de un “derecho a la integridad física y moral, a la dignidad y al libre desarrollo de la personalidad” de la mujer embarazada sin aludir al derecho a la vida del nasciturus.

Los magistrados progresistas además niegan la condición de persona al no nacido, escudándose en su "interpretación evolutiva" y en declaraciones de organismos internacionales como la ONU que nada tienen que ver con la Constitución Española. Y negándole la personalidad, le niegan los derechos inherentes a la persona, como es el derecho a la vida. Por el momento, el no nacido es el único ser humano al que este Tribunal niega el derecho a la protección de su vida, por considerar que la decisión de la mujer es superior jurídicamente (aunque no esté en juego su vida).

Cabe destacar que la sentencia describe la maternidad como un acontecimiento negativo y trágico en la vida de la mujer.

El Tribunal justifica una cierta protección al nasciturus en las limitaciones del aborto pasadas las 14 semanas con lo cual se protege al bebé que no haya sido expuesto al aborto en ese periodo. Es decir, se protege al que la madre quiere proteger, no al resto.

Según la sentencia, el Tribunal asegura el “derecho” al aborto por una obligación de las Administraciones Públicas a velar por los derechos fundamentales. No hemos podido encontrar mención en la Constitución Española al derecho al aborto ni tampoco a su inclusión en los derechos fundamentales.

El Tribunal, además, limita el derecho a la objeción de conciencia reservándola a los médicos que participen directamente en los abortos, y negándosela al resto del personal de apoyo. En este aspecto, coincide plenamente con los postulados ideológicos del partido en el gobierno, en el que participaron hace años varios de estos magistrados considerados “progresistas”.

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