La ignominiosa sentencia del TC

03-JULIO

Ya conocemos la sentencia del TC (75/2024 publicada el 10 de junio en el BOE). que da la razón al gobierno de coalición y desestima el recurso presentado por los parlamentarios del partido Vox.

La sentencia en sí misma no afecta al normal desarrollo de nuestras campañas pero sin duda será un balón de oxígeno para el abortismo en general (negocios y brazos ideológicos y políticos que lo sustentan) ya que se sentirán más legitimados para usarla en su beneficio.

Resumimos la sentencia, utilizando en parte las palabras de Monseñor Munilla, obispo de Orihuela-Alicante, en este decálogo.

  1. Se reafirma el derecho a matar a un hijo en el seno materno, lo que es incompatible con una sociedad civilizada y humanista, aparte de ir contra la ley natural y la divina.
  2. Se desprecia la patria potestad de los padres hacia sus hijas menores de edad. Aunque tendrán que seguir firmando el permiso para el viaje de estudios, excursiones, o casi cualquier cosa. Se afirma que los padres son “factores externos”.
  3. Se anula el periodo de 3 días de reflexión. Promueve así la acción precipitada en lugar de la reflexión antes de un acto que tendrá efectos de por vida.
  4. Se le dificulta a la mujer la información de los posibles efectos secundarios del aborto, a diferencia de lo que ocurre en cualquier otra intervención médica.
  5. Se prohíbe ofrecer alternativas para las mujeres que pudieran decidir seguir adelante con su embarazo. Una clara limitación de su libertad y su derecho a recibir información veraz.
  6. Se obliga a los hospitales públicos a participar en esta matanza, poniendo en el punto de mira a los médicos objetores y excluyéndoles de los comités hospitalarios de bioética. Un ataque contra el derecho a la objección de conciencia.
  7. Se discrimina a las asociaciones que sostienen la defensa de la vida de los niños no nacidos, negando que puedan recibir ayudas públicas, simplemente por razón de su opinión.
  8. El Estado asume la visión de la sexualidad de la ideología de género, vulnerando el principio de imparcialidad y neutralidad ideológica del Estado y sesgando el derecho de los padres a formar la conciencia moral de sus hijos desde sus convicciones.
  9. Se demuestra que el Tribunal Constitucional Español traslada sin más las posiciones del gobierno. Baste recordar que en 1985, el Tribunal reconoció el derecho a la vida del nasciturus... «¿Cómo se explica que ahora se avale la constitucionalidad de una ley que permite abortar libremente?»
  10. Se intenta intimidar a cuantos decidan libre y respetuosamente rezar ante una clínica abortista. Hasta ahora el efecto ha sido el contrario.


Nuestra respuesta siempre será la oración.

Información basada en Sexto Continente (Radio María) y Religión en Libertad

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